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EDUCACIÓN EN DDHH

EDUCACIÓN EN DDHH

“La educación se ha ido transformando, desde la noción de educación obligatoria hacia una más ambiciosa y multidimensional” (UNESCO y UNICEF, 2008). De hecho, la necesidad de una agenda global común dio lugar a la construcción de un marco estratégico definido en los seis Objetivos de Dakar (2000) a lograr en quince años, 2015. Estos incluyeron educación y cuidado de la primera infancia, educación primaria universal, aprendizaje de jóvenes y adultos, alfabetización, paridad de género y calidad de la educación. Los objetivos implican avances, temas emergentes, nuevos desafíos y obstáculos.

“La educación se ha ido transformando, desde la noción de educación obligatoria hacia una más ambiciosa y multidimensional” (UNESCO y UNICEF, 2008).

La noción de derecho a la educación ha estado estrechamente ligada a la idea de garantizar el acceso universal a la escuela a través de las leyes de escolaridad obligatoria. Sin embargo, ha demostrado ser insuficiente dado que las políticas educativas y la comunidad internacional han evolucionado hacia una redefinición del derecho a la educación como derecho a aprender. Esto implica –entre otras cosas– que recibir una educación de calidad debe ser visto como parte del derecho a la educación. La Convención de los Derechos del Niño y otros textos internacionales proporcionan tres criterios “permanentes” para definir el derecho a aprender o a recibir una educación de calidad: i) desarrollar al máximo posible las capacidades de cada individuo; ii) promover los valores consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos: la igualdad entre las personas, el respeto a la diversidad, la tolerancia y la no discriminación, la promoción del bien común; y iii) equipar a los estudiantes con las capacidades y conocimientos necesarios para llegar a ser una persona socialmente competente.

La visión contemporánea del derecho a la educación se compone de tres dimensiones: derecho a la escolaridad –acceso, promoción y egreso de los ciclos escolares considerados fundamentales–, derecho al aprendizaje –socialmente relevante y según las capacidades de cada uno–, y derecho a un trato digno e igualdad de oportunidades (UNESCO y UNICEF, 2008).

En ese mismo sentido, la educación para la ciudadanía debe ser vista como un aspecto medular de lo que actualmente se denomina “calidad de la educación”. El objetivo de la educación para la ciudadanía se hizo explícito en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y se reforzó en la Convención sobre los derechos del niño (1989) así como en otros acuerdos internacionales. El derecho a la educación implica la formación en el respeto de los derechos humanos, conocimiento y respeto por la propia identidad cultural así como por culturas diferentes. Asimismo, los niños deben prepararse para ser ciudadanos responsables aportando a un contexto de paz, tolerancia e inclusión (Artículos 28 y 29, Convención derechos del niño, 1989).

Actualmente, la educación para la ciudadanía se reconoce junto con los logros en los aprendizajes académicos como uno de los objetivos de los sistemas educativos, el cual incluye conocimientos, habilidades y actitudes que permitan a los estudiantes un actuar cívico, ejercer sus derechos y participar en la sociedad (Cox, Jaramillo & Reimers, 2005; CEPAL, 2010; UNESCO, 2011). Adicionalmente, las transformaciones que marcan a las sociedades del siglo XXI, especialmente la globalización y los avances en las tecnologías de la información y la comunicación han implicado una creciente diversidad en las sociedades que exigen una nueva reflexión sobre ciudadanía y el rol de los ciudadanos. Todo lo cual ha hecho que la formación para la ciudadanía adquiera renovada relevancia (Schulz, 2010). Es así como se abre el concepto de Ciudadanía Global o “Global Citizenship Education” (GCED) promovido por UNESCO que –según el Fondo Estadounidense para UNICEF– define al ciudadano/na global como

“ …una persona que entiende la interconectividad, respeta y valora la diversidad, tiene la habilidad de oponerse a la injusticia y actúa en formas personalmente significativas…la educación para la ciudadanía global confiere a los estudiantes el poder para entender y ejercer sus derechos humanos en formas que manifiestan su solidaridad con los seres humanos del mundo entero y tienen un impacto positivo en el mundo”.

Por otra parte, educar para la paz debe ser un objetivo defendido con ahínco por todos los sectores de la comunidad educativa. No sólo en el futuro –sino también en el presente– para que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes aprendan a resolver sus conflictos por vías pacíficas. Por eso, es muy importante que se adquieran “herramientas” y procedimientos para este fin, que vayan asumiendo valores que se traduzcan en actitudes y hábitos de convivencia. Esta preocupación por la educación para la paz nace como consecuencia de la primera guerra mundial (educación para la comprensión internacional). Brota con nuevo vigor después de la segunda guerra mundial, con la creación de las Naciones Unidas y la UNESCO. En las décadas siguientes la educación para la paz se caracteriza por su sensibilidad a la no-violencia y la formación de las libertades (educación para la autonomía, la resolución de los conflictos de forma no violenta y la desobediencia ante las injusticias).

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