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PERSONAS CON DISCAPACIDAD

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Personas con Discapacidad (PcD) es un término que se utiliza para referirse a aquellas personas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones con el resto de la sociedad se ve impedida.

Conforme la ONU, un 15% de la población mundial tiene algún tipo de discapacidad, esto es, aproximadamente 1.000 millones de personas, de las cuales 100 millones son niñas y niños. La Convención sobre los Derechos del Niño reconoce que los niños con discapacidad deben disfrutar de una vida plena, decente y digna para lograr bastarse a sí mismos y puedan participar activamente en comunidad. Esto incluye cuidados especiales y de las prestaciones que necesiten, así como asegurar el acceso efectivo a la educación, la capacitación, los servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación, entre otros, con el objetivo de lograr su integración social y desarrollo individual (Artículo 2, 19 y 23).

Es importante mencionar que la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad reafirma que las PcD tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas. Además, existen otros instrumentos internacionales que incluyen la protección y establecen obligaciones para los Estados a fin de asegurar los derechos de las PcD en condiciones de igualdad, dignidad y respeto, de modo de fortalecer el desarrollo hacia una accesibilidad universal y la participación activa de las PdC en la sociedad, entre ellos: la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CIPCD), la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Convenio sobre la Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas de la Organización Internacional del Trabajo (Convención 159).

No discriminación e inclusión de PcD en la vida política, pública y cultural

El cambio de paradigma de la discapacidad, esto es la idea del modelo social donde la discapacidad no surge solamente de la persona, sino de la interacción entre la deficiencia de la persona y la sociedad, ha generado una multiplicidad de cambios sociales, políticos y jurídicos. Este cambio alteró las percepciones que, erróneamente, mantenían excluidas a un significativo porcentaje de la población mundial.

A través de diversas estrategias, la problemática de la discapacidad ingresó a la dimensión jurídica, donde toda PcD tiene los mismos derechos humanos fundamentales de ser incluidos sin distinción alguna en la vida política, pública y cultural. No existen derechos especiales para las personas con discapacidad. Sin embargo, producto de entornos sociales y culturales, se subestima, discrimina y excluyen a las personas con discapacidad de entornos físicos y servicios no accesibles, los cuales multiplican las violaciones a los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Políticas públicas para la accesibilidad y movilidad

Si bien cada Estado elabora sus políticas públicas dependiendo del marco normativo interno, las convenciones internacionales promueven que las mismas consideren el desarrollo de la accesibilidad universal de tal forma que cada individuo pueda moverse libremente dentro y fuera de su territorio. De lo contrario, se imposibilita la autonomía personal de las PcD. Los Estados deben garantizar que las personas con discapacidad física o sensorial puedan ejercer, sin limitaciones, el derecho a la libre movilidad.

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señala que en la “elaboración y aplicación de legislación y políticas sobre cuestiones relacionadas a las personas con discapacidad, los Estados deben realizar consultas y colaborar activamente con las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan” (Artículo 4).

“En la elaboración y aplicación de legislación y políticas sobre cuestiones relacionadas a las personas con discapacidad, los Estados deben realizar consultas y colaborar activamente con las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan”.

Habilitación y rehabilitación

La habilitación refiere a niños y niñas que desde el vientre materno tienen una deficiencia o la adquieren a una temprana edad. En este caso, no se requiere rehabilitar sus funciones o facultades, sino más bien, habilitarlas para que puedan desarrollar actividades de la vida diaria de la mejor manera posible haciendo adecuaciones a su entorno y con apoyo de ayudas técnicas.

Por otra parte, la rehabilitación, refiere a las personas que por alguna causa –enfermedad, accidente, otras– adquieren una deficiencia, en alguna etapa de su vida, van a requerir de servicios de rehabilitación para recuperar facultades o funciones perdidas y para adaptarse a nuevas condiciones de existencia.

A partir del reconocimiento del carácter integral y amplio de la rehabilitación, el cual se considera un tema transversal que toca distintos ámbitos –salud, empleo, educación y servicios sociales–, se llegó al convencimiento de su ejercicio por separado. De esta manera, fue contemplado por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Artículo 26).

Igualdad de oportunidades, trabajo y discapacidad

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce el derecho de las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones, incluyendo “el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laboral que sea abierto, inclusivo y accesible” (Artículo 27).

Las PcD poseen “el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles”.

Sin embargo, una de las situaciones en las que con mayor frecuencia se registra discriminación asociada a la discapacidad es en el acceso al empleo para las personas con discapacidad en edad productiva y en condiciones para trabajar. Desafortunadamente, no se cuentan con cifras de desempleo exactas en esta materia, debido a la falta de investigación estadística existente. Sin embargo, según estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en los países de América Latina y el Caribe un porcentaje importante de las personas con discapacidad que podrían trabajar, carecen de empleo.

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